Ampliamos el régimen de facilidades de pago al incluir las deudas vencidas hasta el 30 de abril último. Previamente, estaban contempladas las deudas vencidas hasta fines de enero 2019. Además, se podrán incluir en este régimen obligaciones regularizadas en planes de facilidades de pago anteriores cuya caducidad haya operado hasta el 31 de julio de este año, fecha que se amplía con esta nueva normativa, ya que la resolución original establecía que el día límite para las caducidades era el 15 de mayo último. Para consolidar el plan se deberá tener actualizado el Domicilio Fiscal Electrónico, declarar una CBU en el servicio “Declaración de CBU” para que se debiten las cuotas y haber presentado todas las declaraciones juradas determinativas de las obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social antes de la fecha de adhesión al régimen. Los contribuyentes tendrán tiempo hasta el 31 de agosto para adherirse. Más información > https://lnkd.in/en3czBP